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EL ABC de Kioto
Por Monica Domingo

Miércoles, 15 de Noviembre de 2000



Fuente: Geoscopio/Madrid.
Durante dos semanas el mundo estará pendiente de las decisiones que se tomen en la 6ª Conferencia de las Partes del Convenio Marco sobre Cambio Climático que tiene lugar en La Haya. Pero ¿qué se discute exactamente en La Haya?, ¿qué son los mecanismos de flexibilidad?, ¿cuándo se ratificará el Protocolo de Kioto?. Esta son algunas de las claves para entender el complejo sistema de negociaciones, conferencias y compromisos que tienen como objetivo combatir el cambio climático que amenaza el futuro de la Tierra.

¿Qué objetivos tiene la COP6?

La 6ª Conferencia de las Partes del Convenio Marco sobre Cambio Climático (COP6), que se desarrolla en estos momentos en La Haya, tiene como objetivo los principios, modalidades, reglas y guías de los Mecanismos del Protocolo de Kioto : comercio de emisiones, las iniciativas de aplicación conjunta (Joint Implementation, JI) y el mecanismo de desarrollo limpio (CDM). Estos tres mecanismos pretender aumentar la flexibilidad y reducir los costes de reducción de las emisiones.

Igualmente deberá adoptar un sistema que regule el cumplimiento del Protocolo, la transferencia de tecnología y formación a los países en desarrollo, y también abordará la polémica cuestión de los sumideros (plantaciones para absorber el carbono de la atmósfera).

¿A qué obliga el Protocolo de Kioto?

El Protocolo de Kioto, aprobado en diciembre de 1997 para desarrollar el Convenio Marco sobre Cambio Climático, concluyó con la adopción de un compromiso de reducción de emisiones de gases de invernadero por parte de 39 países industrializados.

El compromiso, que se encuentra en un difícil periodo de ratificación, obliga a limitar las emisiones conjuntas de seis gases -CO2, CH4, N2O, compuestos perfluorocarbonados (PFC), compuestos hidrofluorocarbonados (HFC) y hexafluoruro de azufre- respecto al año base de 1990 para los tres primeros gases, y 1995 para los otros tres, durante el periodo 2008-2012, en proporciones diferentes según el país.

Las reducciones pactadas fueron de un 8% para el conjunto de la Unión Europea, un 7% para EEUU y un 6% para Japón. Ucrania, la Federación Rusa y Nueva Zelanda se comprometieron a mantener sus emisiones de 1990. En conjunto la reducción global acordada fue de un 5,2% para los países industrializados.

Hasta el momento, el Protocolo de Kioto ha sido firmado por 84 partes, aunque aún no lo ha ratificado ningún país industrializado. Para que entre en vigor debe ser ratificado por un número suficiente de países, que en conjunto sean responsables del 55% de las emisiones.

¿Qué son los ”mecanismos de flexibilidad”?

El Protocolo de Kioto contempla una serie de instrumentos, conocidos como “mecanismos de flexibilidad”, destinados a facilitar a los países desarrollados el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. Los tres mecanismos son:


    1. Comercio de emisiones : mediante el intercambio de emisiones los países pueden transferir parte de su cuota de emisión (cantidad máxima permitida en el periodo de compromiso) a otro país, o reservarla para otros años.

    Un requisito mínimo para que a un país se le permita adquirir o transferir partes de las cantidades asignadas es que cumpla los artículos 5 y 7 del Protocolo (un sistema fiable de contabilidad de las emisiones de todos los gases de invernadero), y que lo haya ratificado. Sólo los proyectos ambientalmente sostenibles, en conformidad con el artículo 4.5 del Convenio y el Artículo 2.1 (iv) del Protocolo, deben ser admitidos, excluyendo a la energía nuclear, el carbón y las grandes centrales hidroeléctricas.

    En general se debe dar prioridad a los proyectos a pequeña escala de energías renovables sobre los basados en el gas natural (centrales de ciclo combinado). En todo caso se debe evitar que las emisiones totales no superen a las que se habrían producido en caso de no existir los mecanismos de flexibilidad.

    Un aspecto muy importante del comercio de emisiones es su carácter suplementario, ya que toda operación de este tipo deberá ir complementada de las medidas nacionales que se adopten para cumplir los compromisos cuantificados.

    (Continúa noticia)


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